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Order (Auto)July 11, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar

✓Claimant Restrepo Aguilar Angela Maria·Respondent Sociedad De Activos Especiales Sas Sae

✓
Topic · hard data
Controversia Por Incumplimiento De Contrato De Arrendamiento Cedido A La Sae.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Controversias relacionadas con un contrato en el que sea parte una entidad pública
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado por el Juzgado 22 Administrativo Oral de Medellín y el Juzgado 19 Civil Municipal de Oralidad de Medellín.

La controversia se ocasiona entre los Despachos por una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por una ciudadana, en contra de una Resolución proferida por la Sociedad de Activos Especiales -SAE-, a través de la cual se terminó de manera unilateral y anticipada un contrato de arrendamiento, suscrito entre la entidad y la demandante, por lo que solicita la nulidad del acto, se ordene a la entidad demandada mantener la vigencia del contrato y continuar con su prórroga y, el reconocimiento y pago de perjuicios causados por la terminación anticipada del contrato de arrendamiento.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que la SAE, es una sociedad organizada como Sociedad por Acciones Simplificada, comercial, de economía mixta, del orden nacional, autorizada por la ley, de naturaleza única; descentralizada por servicios, vinculada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público”, y está conformada por un 99,9% de capital estatal y un 0,1% de capital privado según lo dispuesto en el artículo 7 de sus estatutos por lo que, a voces de lo dispuesto en el literal f) del numeral 2 del artículo 38 de la Ley 489 de 1998, la SAE hace parte de la Rama Ejecutiva del Poder Público, según lo preceptuado en el parágrafo único del artículo 104 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

La Sala hace referencia a lo resuelto en Auto 3065 de 2023 y concluye que, al tratarse de un litigio que tiene origen en una controversia contractual que involucra a una entidad de naturaleza pública –con independencia de su régimen jurídico- se activa la competencia de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo bajo los parámetros del parágrafo único, el primer inciso y el numeral 1º del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011.

En consecuencia, la Corte asigna la competencia a dicha jurisdicción y dispone el envío del expediente al Juzgado 22 Administrativo Oral de Medellín para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique lo pertinente a los interesados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre el Juzgado 22 Administrativo Oral de Medellín y el Juzgado 19 Civil Municipal de Oralidad de Medellín, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 22 Administrativo Oral de Medellín es la autoridad competente para conocer del proceso judicial promovido.
  2. Segundo. Por medio de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR el expediente CJU-5453 al el Juzgado 22 Administrativo Oral de Medellín para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique lo pertinente a los interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.